
Las enfermeras pueden aplicar ácido hialurónico: la sentencia que marca un antes y un después en dermoestética

La reciente sentencia del 7 de octubre de 2025 del Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid ha marcado un hito en el ámbito de la estética sanitaria en España. El tribunal ha absuelto a dos enfermeras acusadas de intrusismo por administrar ácido hialurónico, reconociendo que este producto es un producto sanitario, no un medicamento, y, por tanto, su uso entra dentro de las competencias de la profesión enfermera.
Esta resolución judicial, hecha pública por el Consejo General de Enfermería de España (CGE), pone fin a años de incertidumbre legal y abre una nueva etapa de reconocimiento para las profesionales enfermeras especializadas en estética y dermoestética.
¿Qué dice exactamente esta sentencia?
El fallo judicial establece que no existe ninguna norma que prohíba a las enfermeras aplicar ácido hialurónico, siempre que:
- Se utilicen productos catalogados como productos sanitarios.
- La profesional cuente con formación específica en imagen corporal y dermoestética.
- Se apliquen los protocolos de seguridad y consentimiento informado adecuados.
El juez también destaca que el uso de productos sanitarios forma parte de las competencias propias de las enfermeras y que no puede considerarse intrusismo cuando se actúa dentro de un marco profesional y ético.
Un reconocimiento esperado por el sector de la enfermería estética
Desde hace años, la enfermería dermoestética e imagen corporal venía reclamando un reconocimiento formal de sus competencias en tratamientos como la infiltración de ácido hialurónico.
Con esta sentencia, la justicia refuerza el papel de las enfermeras en un campo en pleno crecimiento que combina ciencia, técnica y atención sanitaria personalizada.
“Esta resolución es una excelente noticia para la enfermería estética, y para todos las personas que buscan tratamientos con evidencia científica y realizados por enfermeras y enfermeros y cualificados.” Nuria Sáez, enfermera dermoestética y CEO de NUS Agency.
Qué implica para clínicas y centros sanitarios, y enfermeras dermoestéticas esta sentencia
Para las clínicas y centros sanitarios, esta decisión abre nuevas oportunidades:
- Podrán integrar enfermeras dermoestéticas especializadas en sus equipos con plena seguridad jurídica.
- Se amplía el marco para ofrecer tratamientos con ácido hialurónico dentro de un entorno sanitario controlado.
- Se refuerza la confianza del paciente al saber que está siendo atendido por enfermera con formación cualificada, con créditos ECTS y el respaldo del Consejo General de Enfermería de España.
Para las enfermeras dermoestéticas e imagen corporal, la sentencia supone:
- Un reconocimiento de sus competencias.
- La posibilidad de ejercer en el ámbito de la dermoestética con rigor y seguridad.
- Un impulso para seguir formándose y especializándose en técnicas dermoestéticas.
EL CIE actualiza la definición de enfermería y enfermera
NUS Agency seguirá impulsando el papel de la enfermera en la dermoestética
Desde sus inicios, NUS Agency ha apostado por formar y empoderar a la enfermera como figura clave en la gestión de la imagen corporal y la dermoestética a través del Máster Enfermera Gestora de la Imagen Corporal y Dermoestética.
Esta nueva sentencia respalda plenamente la visión que NUS Agency viene defendiendo:
que la enfermera es una profesional competente, autónoma y preparada para desarrollar procedimientos con una comprensión profunda de la anatomía, de productos sanitarios, de la imagen corporal y de la salud.
Referencias bibliográficas
Consejo General de Enfermería (2025). La justicia dictamina que las enfermeras son competentes para administrar ácido hialurónico y absuelve a dos profesionales acusadas de intrusismo. Sala de prensa del CGE. Recuperado de: https://www.consejogeneralenfermeria.org/actualidad-y-prensa/sala-de-prensa/noticias/item/130925-la-justicia-dictamina-que-las-enfermeras-son-competentes-para-administrar-acido-hialuronico-y-absuelve-a-dos-profesionales-acusadas-de-intrusismo
Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS). Boletín Oficial del Estado, nº 280.
Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por parte de los enfermeros. Boletín Oficial del Estado, nº 306.
Col·legi Oficial d’Infermeres i Infermers de Barcelona (COIB) (2017, 28 de noviembre). Perfil profesional de la enfermera en el ámbito de la gestión de la imagen corporal. Recuperado de: https://www.coib.cat/Rendering/Render/ca-ES/3857d53e-73f7-4911-8e1c-1687eff232e3
Col·legi Oficial d’Infermeres i Infermers de Barcelona (COIB). Les competències de la professió infermera. Recuperado de: https://www.coib.cat/ca-es/actualitat-professional/competencies-de-la-professio/les-competencies-de-la-professio-infermera.html